Los contratos de permanencia que se firman con las compañías telefónicas no se pueden romper así como así, sino que, en caso de que el usuario lo incumpla, debe pagar una sanción económica a la compañía correspondiente. 

Ahora bien, como toda regla, ésta también tiene sus excepciones, y existen algunos casos en los que el usuario sí puede reclamarle a la compañía que cancele dicho acuerdo, esto suele ocurrir cuando es la operadora la que incumple determinadas partes del contrato. 

reclamación permanencia

Cuando un usuario decide contratar el servicio de internet con una determinada compañía, ambos firman un contrato que ambas partes deben cumplir, si es la compañía la que incumple alguna de ellas, el usuario sí que puede abandonar la compañía sin pagar ninguna sanción económica por no haber respetado los tiempos de permanencia. 

En estos casos se puede romper el acuerdo de permanencia

Como se ha comentado al inicio de este artículo, existen tres casos concretos en los que vas a poder solicitarle a tu compañía telefónica que anule el acuerdo de permanencia que teníais sin tener que pagar ningún tipo de sanción económica por ello,  esto sucede cuando es la compañía la que no cumple con lo que el contrato le obliga. 

El Real Decreto 899/2009, de 22 de mayo, en su artículo 9, donde se aprueba la carta de derechos del usuario de los servicios de comunicaciones electrónicas, permite cancelar dicho contrato si te sucede lo siguiente: 

  1. Cuando tu compañía haya hecho modificaciones en el precio de la tarifa o en el servicio que tenías contratado. En esta circunstancia, los usuarios deben saber que el contrato que se firmó al inicio es vinculante para las dos partes, que esto suceda significa que la compañía lo está incumpliendo de una manera u otra, por tanto, puedes anular el contrato sin pagar penalizaciones.
  2. Cuando se hayan cambiado las condiciones que se firmaron en el contrato. Es cierto que las compañías tienen la potestad para realizar cambios en los contratos cuando quieran, y no es una práctica “ilegal” por su parte, la única condición que se les impone es que deben avisar a los usuarios afectados con, al menos, un mes de antelación para que éstos puedan cambiarse de compañía si así lo desean y cuenten con el tiempo suficiente para ello.

Todavía existe un caso más en el que las compañías deberán anular ese acuerdo de así lo solicita el usuario: 

3. Cuando el servicio que la compañía está ofreciendo funciona de manera diferente.

Además, que una compañía telefónica no ofrezca el servicio de la forma en la que lo prometió hacer mediante contrato, significa que está incumpliendo su parte, y que quieran cobrar una penalización al usuario si quiere irse por este motivo, es completamente ilegal – esto viene regulado por el artículo 1.124 del Código Civil -. 

Pero esto no es todo, si esto sucede, el usuario tiene el derecho de solicitar una indemnización económica por los daños y perjuicios que les pueda haber causado el funcionamiento deficiente del servicio de internet. 

    ¿Cuál es la solución más factible para evitar esta situación? 

    Si te encuentras en esta situación o si vas a comenzar el proceso de contratar este servicio, la mejor alternativa para ahorrate estos problemas es contratar una tarifa que te ofrezca internet sin permanencia

    Hace algunos años atrás, era casi imposible encontrar a compañías de internet que ofrecieran una tarifa que fuese buena para el usuario sin que ésta estuviese sujeta a una permanencia, a día de hoy ya existen algunas operadoras que proporcionan al usuario alguna que otra tarifa sin estas condiciones. 

    Los beneficios que tendrás si optas por una tarifa sin permanencia es que podrás probar cómo funciona la compañía y si cumple con tus expectativas, en caso de no ser así, puede realizar la portabilidad a otra operadora sin tener que abonar ningún tipo de sanción económica. 

    ¿El contrato de permanencia con una compañía se puede romper sin pagar penalizaciones?
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