Llega abril y con este mes llegan las declaraciones trimestrales de IVA, la recta final del curso para los estudiantes y la declaración de la renta de 2021. Desde nuestro despacho de abogados en Getafe te ayudamos a hacer la declaración de la renta.

Si eres nuevo en el mundo laboral seguramente no te suene la declaración de la renta o hayas contratado a alguien para que lo cumplimente por ti.

Pero para evitar problemas con Hacienda desde Rincón y Romo Abogados vamos a explicarte qué es y como funciona la Renta y, ponemos a nuestros profesionales a tu servicio para elaborar y presentar tu declaración de la Renta.

Primero debemos entender que la Declaración de la Renta es un documento que recoge el IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas) y desglosa los ingresos percibidos, gastos o inversiones realizados a lo largo del año a declarar (el año fiscal anterior), en este caso durante el año 2020.

Mediante la declaración de la renta los contribuyentes regularizan su situación fiscal.

Esto da lugar a dos posibles situaciones:

1.- RESULTADO A PAGAR.– Si el contribuyente ha declarado y liquidado menos ingresos de los obtenidos tendrá que pagar a Hacienda los impuestos pertinentes para regularizar su situación fiscal. Contando con que el impuesto se ha ido pagando a lo largo de 2020 la cantidad que te tocará pagar es el resto que no se haya pagado durante 2020.

Hacer declaracion de la renta

2.- RESULTADO A DEVOLVER.- Por el otro lado si el contribuyente ha pagado de mas, debido por ejemplo a deducciones que no se han contabilizado durante el año fiscal. Hacienda le devolverá la cantidad cobrada en exceso (a diferencia del IVA, el IRPF no se puede compensar).

Para los trabajadores y los autónomos sujetos a IRPF la declaración es anual y este año la campaña empieza el día 7 de abril y acaba el 30 de junio, aunque si el resultado es a ingresar con domiciliación en cuenta tienes hasta el 25 de junio.

Hay 3 maneras de hacer la declaración de la Renta:

Física: Se considera la manera física a la tradicional de realizar la declaración y cuya presentación es presencial, para esto hay que pedir cita a partir del 27 de mayo y se entrega en las delegaciones provinciales de Hacienda. (Aunque puede estar sujeto a cambios debido al Covid-19).

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Telemática: El contribuyente se pone en contacto con un agente y este le asistirá con la declaración, esta se revisará por el agente y se le comunicará si hay errores o está todo en regla. Para este método hay que solicitar una cita telefónica desde el día 4 de mayo.

Online: El contribuyente realiza la declaración con las herramientas de la agencia tributaria y envía la declaración a la administración. Se puede hacer solo o con ayuda de un agente (con cita previa igual que en la manera telemática).

¿Qué modelo debo realizar para la Renta?

Existen múltiples modelos con distintas fechas, momentos de liquidación o circunstancias del contribuyente, sin embargo hay algunos que tienden a repetirse en la mayoría de contribuyentes.

Algunos de los modelos mas comunes son el modelo 130 y 131, el modelo 111, el modelo 115, modelo 303, modelo 390 y el modelo 100. Los primeros modelos los abordaremos en un próximo artículo y nos vamos a centrar en esta ocasión en el modelo 100, la conocida declaración de la renta que realizan particulares y autónomos (trimestral IRPF además del resumen anual) con carácter anual.

Documentación necesaria para realizar la Declaración de la Renta:

De cara a presentar la Declaración de la Renta tienen que estar todos los titulares de la declaración (en caso de declaración conjunta).

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1.- Se necesita el número de referencia, este se puede obtener con DNI electrónico, cl@ve pin o certificado, a través de la aplicación de la agencia tributaria si tiene la referencia de la anterior campaña.

2.- El DNI de todos los figurantes de la declaración.

3.- El IBAN de cuenta bancaria.

4.- El recibo del IBI.

5.- Importe de las cuotas satisfechas a sindicatos y colegios profesionales.

6.- Declaración de la renta del año anterior.

7.- Certificados de rendimientos del capital mobiliario.

8.- Cualquier justificante que pudiera dar derecho a deducciones autonómicas o beneficios fiscales. (inmueble alquilado, donativos, cuotas sindicatos, planes de pensiones, prestamos hipotecarios, etc.).

Desde nuestro Despacho os pasaremos en caso de contratar nuestros servicios una lista completa de la totalidad de la documentación necesaria para que podamos efectuar tu declaración de la Renta.

Existen algunas excepciones para la declaración de la renta donde no es obligatoria su presentación:

Para cualquier contribuyente si los ingresos no superan los 22.000€ anuales siempre que sean de rendimientos del trabajo y un solo pagador (un empleado que cobra solo de su empresa la cantidad de 22.000€ anuales y no perciba ingresos de otra manera).

Para cualquier contribuyente cuyos ingresos sean menores de 14.000€ si los rendimientos del trabajo proceden de más de un pagador. Por ejemplo, un trabajador pluriempleado a tiempo parcial que cobra entre las 2 empresas menos de 14.000€ anuales).

Cualquier autónomo que gane menos de 1000€ anuales por rendimiento de actividades económicas también quedan exentos de la obligación de realizarla pero renuncia a todas las deducciones si no la realiza.

Declaración de la renta y casos especiales por la situación del Covid-19:

ERTE.- En los casos de los trabajadores en situación de ERTE las prestaciones se consideran como rendimientos de trabajo de un segundo pagador con unas limitaciones en torno a los ingresos y pagadores.

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Las madres trabajadoras en situación de ERTE no pueden deducir la parte correspondiente al tiempo en el que no han ejercido la actividad perdiendo el derecho a la deducción por maternidad y las ayudas de ese período.

En el caso de las prestaciones por cese de actividad son consideradas como un rendimiento de trabajo debido a que se considera una prestación del sistema de protección del desempleo.

El ingreso mínimo vital también genera una obligación de presentar la Declaración de la Renta.

¿Buscas ayuda? Habla con un abogado

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Desde nuestro despacho de abogados en Getafe entendemos que la Renta no es sencilla, especialmente este año con las distintas particularidades por la COVID 19 por ello estamos a disposición de los contribuyentes para que puedan delegar en nuestro Despacho la elaboración y presentación de la Renta.

Si estas interesado en que podamos efectuar tu declaración de la renta podéis hablar con uno de nuestros abogados y tras comentar el caso concreto te facilitaremos el listado de documentación necesaria y el coste cerrado por la elaboración y presentación de tu Renta.

E. DAVID CONDE ROMO
(Estudiante en Prácticas)

Declaración de la renta 2021.
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3 pensamientos en “Declaración de la renta 2021.

  • 29 septiembre, 2022 a las 7:55 am
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    Gracias por la información. Vivo en getafe y necesito que me hagan la renta. os voy a escribir para que me hagais la declaracion de la renta.

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